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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12651
5 de setiembre de 2006
DAGJ-1435-2006
Señora
Ana Virginia Arce León
Auditora Interna
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Estimada señora:
Asunto: Consulta relacionada con el procedimiento a seguir para el pago de ajustes al salario de los alcaldes cuando se debe cancelar el salario escolar a los funcionarios municipales.
Se refiere este Despacho a su oficio N°AIM-0139, de fecha 25 de agosto del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 28 de agosto, por medio del cual consulta sobre el procedimiento a seguir para el pago de ajustes al salario de los alcaldes municipales cuando se debe cancelar el salario escolar a los funcionarios municipales.
I. Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-). Como en el caso de la Municipalidad de Heredia.
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las cientos que se dirigen a ésta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de éste órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
En éste orden de ideas, dicha circular continuó indicando que la mayoría de los entes y órganos ...
Fecha publicación: 09/09/2006
Fecha emisión: 06/09/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12650
5 de setiembre de 2006
DAGJ-1434-2006
Licenciado
Oscar Gmo. Sánchez Carvajal
Director Administrativo
MUNICIPALIDAD VAZQUEZ DE CORONADO
Fax: 229-21-46
Estimado señor:
Asunto: Consulta relacionada con la prohibición para ejercer profesiones liberales que contempla el artículo 14 de la Ley 8422 “Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.
Se refiere este Despacho a su oficio No. DA-400-049, de fecha 07 de abril del año en curso, remitido a esta Contraloría General el mismo día, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre la aplicación del artículo 14 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento ilícito.
Al repecto, señala que fue nombrado como profesor de estudios sociales por el Ministerio de Educación Pública para un programa de Educación para Adultos y que según lo que establece el Capítulo II de la Ley en cuestión, usted considera que no le estaría permitido ejercer fuera de la jornada ordinaria.
Asimismo, consulta si de ser afirmativo nuestro criterio en relación a la prohibición para que labore como educador, si es factible que lo realice sin recibir remuneración alguna.
· NUESTRO CRITERIO
Como asunto de primer orden, es menester manifestar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de nuestra Ley Orgánica y en la Circular CO-529, publicada en La Gaceta 107 del 5 de junio de 2000, únicamente se atenderán las consultas que versen sobre materias propias de las competencias constitucionales y legales otorgadas a este órgano contralor y siempre que no se trate de situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante. De tal manera, que las disposiciones y consideraciones que mediante el presente oficio se emiten, se plantean desde una perspectiva general, a efectos de que el consultante pueda valorar las circunstancias específicas de su situación particular a la luz de los lineami ...
Fecha publicación: 09/09/2006
Fecha emisión: 06/09/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE VASQUEZ DE CORONADO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
Tesauro: Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12649
5 de setiembre de 2006
DAGJ-1433-2006
Señor
Walter Granados Torres
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre la Licitación Pública No. 03-2006 que se está tramitando por un periodo de cuatro años, para realizar el servicio de colocación de capa de cobertura y compactación de desechos sólidos en el Relleno Sanitario de la Municipalidad de Oreamuno.
Damos respuesta a su oficio número AM-2344-2006wgt, del 23 de agosto de 2006, recibido en esta Contraloría General el 24 de agosto siguiente, mediante el cual consulta sobre el incremento anual que se debe aplicar en el cartel, dentro de la Licitación Pública No. 03-2006 que se está tramitando, por un periodo de cuatro años, para realizar el servicio de colocación de capa de cobertura y compactación de desechos sólidos en el Relleno Sanitario de la Municipalidad de Oreamuno.
De esa forma, concretamente, el Alcalde Municipal, solicita que se le aclare, con respecto al incremento anual a aplicar en el cartel: “si debe ser un incremento por inflación o si existe la facultad legal de aplicar un incremento anual del 12%”.
Criterio del despacho:
La mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ha generalizado la costumbre de consultar indiscriminadamente a la Contraloría General de la República toda clase de asuntos, que de alguna manera están relacionados con fondos públicos, por lo que se concluyó que ésta circunstancia ha provocado efectos inconvenientes tanto al interior del órgano contralor como de la propia administración.
En este orden de ideas, es menester señalar que este órgano contralor, emitió la circular Nº CO-529, publicada en La Gaceta Nº 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas ...
Fecha publicación: 09/09/2006
Fecha emisión: 06/09/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12648
5 de setiembre de 2006
DAGJ-1432-2006
Señora
María del Socorro Moreno
Presidenta
JUNTA DE EDUCACIÓN DE DESAMPARADOS
Apartado Postal 160-2400
Desamparados
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de asesoramiento legal sobre el funcionamiento, derecho y obligaciones de las Juntas de Educación.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, de fecha 27 de febrero del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día 03 de marzo, por medio del cual solicita el asesoramiento legal sobre el funcionamiento, derechos, obligaciones de las Juntas de Educación.
I. Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-), como es el caso de la Junta de Educación de Desamparados
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a ésta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de éste órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del criterio legal sobre el asunto de que se trate.
Sobre este oficio en estudio, hemos de indicarle que el mismo incumple los requisitos que se requieren para solicitar asesoría legal a esta Contraloría General, debido a que en ...
Fecha publicación: 09/09/2006
Fecha emisión: 06/09/2006
Institución: JUNTA DE EDUCACION DESAMPARADOS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12647
5 de setiembre de 2006
DAGJ-1431-2006
Licenciado
Ricardo Jiménez Godínez
Auditor Interno
CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio en relación al alcance y aplicación de la Ley General de la Administración Pública, en la prestación de servicios de profesionales ad-honorem en la función pública.
Damos respuesta a su oficio número AI-06-000488 del 11 de agosto de 2006, remitido a la Contraloría General el 23 de agosto siguiente, mediante el cual se solicita el criterio de este órgano contralor con respecto a la prestación de servicios profesionales ad-honorem en la función pública.
Informa que, con base a una fiscalización y evidencia de varios documentos remitidos a esa Auditoría Interna, se logró verificar que la Administración gestiona la posibilidad de contratar, ad-honorem, un profesional. Lo anterior, según acuerdo del artículo 5.2 de la Sesión Ordinaria 35-2006, que en lo conducente indica:
“…Autorizar al Director Ejecutivo para que identifique posibles candidatos como asesores ad-honorem y una vez que se cuente con la información someta a conocimiento de Junta Directiva su iniciativa…”
De esa forma, concretamente, solicita el criterio de esta órgano de control superior con respecto a: “la posibilidad de sugerir a la Administración, que la contratación de cualquier persona en forma ad-honorem, nos lleva a la figura del funcionario de hecho, que se encuentra regulada en los artículos 115 y siguientes de la Ley General de Administración Pública; y claramente el artículo 118 inciso 1 de dicha ley, donde se establece que el funcionario de hecho será responsable ante la Administración y ante los administrados por los daños que cause su conducta.”
Criterio del despacho:
La mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valor ...
Fecha publicación: 09/09/2006
Fecha emisión: 06/09/2006
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12646
5 de setiembre de 2006
DAGJ-1430-2006
Licenciado
Freddy Barrantes Benavides
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio en relación con la procedencia de la cancelación de horas extras.
Damos respuesta a su oficio número ALC-526-2006 del 29 de agosto de 2006, remitido a la Contraloría General en ese mismo día, mediante el cual la Municipalidad de Grecia, solicita el criterio de este órgano contralor con respecto a la procedencia de la cancelación de horas extras.
Informa que, por varios años esa Corporación Municipal ha venido cancelando por concepto de disponibilidad al Encargado de Acueducto (fontanero) y lo correspondiente a horas extras durante los días de disponibilidad, esto considerando que el servicio de agua potable es imprescindible y se puede calificar como especial.
Asimismo, señala que al resto del personal de Acueducto se le paga el concepto de disponibilidad para garantizar la continuidad y calidad del servicio de agua potable a los usuarios. Además, indica que durante los días en los que el personal está disponible, también se cancelan horas extras por el tiempo laborado.
Así las cosas, concretamente, requiere que se le aclaren las siguientes dos interrogantes que se le presentan en relación con la situación descrita precedentemente:
· “(…) interesa saber si es procedente la cancelación de horas extras al Encargado del Acueducto que posee un puesto de Jefatura.
· (…) interesa saber si el pago de disponibilidad complementado con la cancelación de horas extras es procedente o existe una duplicidad.”
Criterio del despacho:
La mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ha generalizado la costumbre de consultar indiscriminadamente a la Contraloría General de ...
Fecha publicación: 08/09/2006
Fecha emisión: 05/09/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE GRECIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12634
5 de setiembre de 2006
DAGJ-1425-2006
Señores
Marco Vinicio Cordero Quesada
Presidente Ejecutivo
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio sobre actos y decisiones administrativas llevados a cabo en los asentamientos Cariari y Batán, de la provincia de Limón.
Damos respuesta a su oficio número PE-2191-06 del 18 de agosto de 2006, remitido a la Contraloría General el 22 de agosto siguiente, mediante el cual solicita el criterio de este órgano contralor con respecto a dos asuntos relacionados con actos y decisiones administrativas de la Institución que usted preside, llevados a cabo en los asentamientos Cariari y Batán de la provincia de Limón.
De esa forma, solicita el criterio de este órgano superior de fiscalización sobre los asuntos denunciados, en los que se le involucra a usted por parte de un medio televisivo, para que se determine si existe responsabilidad de su parte. En ese entendido, informa que los casos en los que solicita que se emita un criterio son los siguientes:
1.- Adjudicación de lotes en Cariari, Pococí, a 7 exfuncionarios acogidos a la movilidad laboral voluntaria en el año 1995, cuando el suscrito ocupaba el cargo de Director Regional de la Zona Atlántica.
2.- Adjudicación de una parcela ubicada en el Asentamiento La Teca, situada en el cantón de Matina, provincia de Limón, a favor de los padres del suscrito, Marcos Cordero Vargas y Julieta Gómez Vega.
Criterio del despacho:
La mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que se ha generalizado la costumbre de consultar indiscriminadamente a la Contraloría General de la República toda clase de asuntos, que de alguna manera están relacionados con fondos públicos, por lo que se concluyó que ésta circunstancia ha provocado ...
Fecha publicación: 04/09/2006
Fecha emisión: 01/09/2006
Institución: INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12636
5 de setiembre de 2006
DAGJ-1427-2006
Señores
Concejo Municipal
MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
Estimados señores:
Asunto: Solicitud de criterio sobre dos procesos de contratación que lleva a cabo esa Municipalidad.
Damos respuesta a su oficio número 205-SM-06 del 29 de agosto de 2006, remitido a la Contraloría General el 31 de agosto siguiente, mediante el cual solicita el criterio de este órgano contralor con respecto a dos procesos de contratación que lleva a cabo la Municipalidad de El Guarco, con el propósito de asegurarse que se estén tramitando con el procedimiento adecuado, antes de realizar los pagos.
De esa manera, concretamente, el Concejo Municipal de la Municipalidad de El Guarco, requiere que se le aclaren los siguientes aspectos en relación con ambas contrataciones:
· “Al haber dos criterios legales diferentes como definir el procedimiento de pago?
· Como interpretar los acuerdos aprobados por el Concejo Municipal al respecto?
· Qué sucede con el contrato de la empresa MECO S.A. al variar los artículos 01-02 y la fecha de entrega tomando como base la fecha de retiro de la orden de compra y al no haberse tramitado ni aprobado el adendum a los mismos oportunamente?
· (…) cómo se puede interpretar legalmente el acuerdo de ampliación si en la fecha en que se dictó el acuerdo ya la obra tenía que estar terminada de acuerdo al contrato y el Concejo Municipal indica en su acuerdo que se aprueba la ampliación siempre y cuando no roce con el contrato.
· Sobre la obra adjudicada a Presbere en el informe técnico del señor ingeniero indica que se debe cancelar 15 metros lineales de tubería como extra del proyecto, no existiendo adendum para ello. ¿Cuál es el procedimiento a seguir para la cancelación de los 15 metros lineales de tubería extra del proyecto?”
Criterio del despacho:
La mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesorí ...
Fecha publicación: 04/09/2006
Fecha emisión: 01/09/2006
Institución: MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12635
5 de setiembre de 2006
DAGJ-1426-2006
Licenciada
Laura Jiménez Sandi
Jefa a.i. Departamento de Recursos Humanos
HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre pago de prohibición para ejercer profesiones liberales, según lo que establecen los artículos 14 y 15 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica, en relación con los numerales 27 y 31 de su Reglamento.
Damos respuesta a su oficio número RH-402-05, del 30 de agosto de 2006, recibido en está Contraloría General el 01 de setiembre siguiente de ese mismo año, mediante el cual solicita criterio de este despacho con respecto a lo que establecen los artículos 14 y 15 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, en relación con los numerales 27 y 31 de su reglamento.
De esa forma, concretamente, solicita criterio de este órgano contralor a efectos de determinar si el puesto que ocupa la MSc. Olga Rojas Rodríguez, Encargada del Área de Recursos Materiales, nominada por decisión interna del Hospital Nacional de Niños como Profesional 2, por no tener a cargo el área de Distribución y Adquisiciones, ejerciendo funciones como las que se detallan en su misiva: “se encuentra acorde con lo estipulado por las disposiciones reglamentarias con el espíritu que orienta la Ley no. 8422 Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública con el fin de enviar a solicitar el reconocimiento de la retribución económica por concepto de prohibición a la Msc. Rojas Rodríguez”. Lo anterior de acuerdo al régimen jurídico que establece la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.
Criterio del despacho:
La mayoría de los entes y órganos públicos cuentan con unidades de asesoría legal o pueden recurrir a la que prestan otros organismos afines, por lo que valorando esto y el hecho de que ...
Fecha publicación: 04/09/2006
Fecha emisión: 01/09/2006
Institución: HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 12637
5 de setiembre de 2006
DAGJ-1428-2006
Ingeniero
Jorge Mario Rodríguez Zúñiga
Director Ejecutivo
Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO)
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA
Estimado señor:
Asunto:
Solicitud de criterio de este órgano contralor sobre la aplicación del Sistma Integrado de Actividad contractual (SIAC) a los fideicomisos que administra el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.
Se refiere este Despacho a su oficio N°FONAFIFO-D-170-2006, de fecha 21 de julio del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 25 de julio siguiente, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre la aplicación del Sistma Integrado de Actividad contractual (SIAC) a los fideicomisos que administra el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.
I. Criterio del Despacho
Con respecto a la consulta que usted realiza, hemos de indicarle que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 del 07 de setiembre del 1994, ésta Contraloría General solo evacua consultas de los órganos parlamentarios o de los sujetos pasivos (“Administración Activa” –entendida según el artículo cuarto de la misma ley-), como es el caso del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.
Asimismo, dicho numeral reguló que tales consultas deberán ajustarse a las normas que se establezcan para prever el buen uso de esta facultad.
En virtud de lo anterior, es que con respecto a las consultas que se dirigen a ésta Contraloría General, ésta emitió la circular N° CO-529, publicada en La Gaceta N° 107 del 05 de junio del 2000 denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, que indica que en el ejercicio de su función consultiva, el Departamento Legal de éste órgano contralor solo atenderá las consultas propias de su competencia, acompañadas del ...
Fecha publicación: 04/09/2006
Fecha emisión: 01/09/2006
Institución: FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA